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 Fideicomiso




El fideicomiso es una figura legal establecida por la Ley de Bancos mediante la cual una persona entrega a una entidad especializada y profesional denominada “fiduciario”, en este caso el BWS, uno o más bienes con la finalidad de que los cuide y administre de acuerdo a las indicaciones establecidas en el contrato, debiendo hacerlo con la diligencia y dedicación que corresponde a un ordenado comerciante y leal administrador. Los bienes transferidos en fideicomiso podrán ser administrados en beneficio de quien entrega los bienes o de los terceros que el contrato señale.

Ventajas:
Es un mecanismo totalmente elástico y flexible que permite realizar todas las finalidades que las necesidades o la imaginación de las personas determinen.
Los bienes entregados pasan a integrar un patrimonio autónomo e independiente, diferente al de aquel que entregó los bienes, al del BWS o al de quien sea beneficiario del fideicomiso, lo que hace que dichos bienes no formen parte de los activos sujetos a embargo por terceros acreedores de las partes. En tal sentido, existe una separación absoluta de los bienes materia del fideicomiso con respecto a los del propio BWS, que se refleja mediante una contabilidad separada.
La “propiedad temporal” asumida por el BWS a través del fideicomiso es restringida y delimitada por lo establecido en el contrato, por lo que sólo ejecutaremos las labores que las necesidades del cliente establezcan y que nos sean encomendadas. Consecuentemente, la labor del BWS es no discrecional.
Cuenta con la administración de una entidad profesional como el BWS, con experiencia en el tema y que realizará su mejor esfuerzo por lograr la finalidad para la que el fideicomiso fue creado, en una relación caracterizada por la confianza entre el cliente y el Banco.
Funciones del BWS


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